Conflicto de Intereses
Última actualización: 13/03/2026
La Pensar – Revista de Ciências Jurídicas adopta como principio editorial la transparencia en la identificación, prevención, declaración y gestión de los conflictos de intereses, en consonancia con las buenas prácticas científicas y editoriales internacionalmente reconocidas, con las directrices del COPE – Committee on Publication Ethics, con la política institucional de la Universidade de Fortaleza (Unifor) y con la Portaria CNPq nº 2.664, de 6 de marzo de 2026.
A los efectos de esta política, se considera conflicto de intereses cualquier situación en la que intereses personales, académicos, profesionales, institucionales, políticos, ideológicos o financieros puedan comprometer, o aparentar comprometer, la imparcialidad, la independencia o la integridad del proceso de envío, evaluación, decisión editorial o publicación de un manuscrito.
1. Deberes de los autores
Los autores deben declarar, en el momento de la presentación del manuscrito, la existencia de cualquier conflicto de intereses de naturaleza personal, académica, institucional o financiera que pueda influir en el contenido del artículo, en la interpretación de los datos, en la realización de la investigación o en la forma de presentación de los resultados. En caso de inexistencia de conflicto, deberá hacerse una declaración expresa en ese sentido.
Además, los autores deben:
-
informar vínculos institucionales, profesionales o contractuales que puedan interferir en la imparcialidad del trabajo;
-
declarar fuentes de financiación, apoyo institucional, becas, ayudas, consultorías, remuneraciones, patrocinios o beneficios relacionados con la investigación;
-
comunicar relaciones personales, académicas o profesionales relevantes entre los autores, las instituciones y los posibles beneficiarios del contenido publicado;
-
informar cualquier situación que pueda generar favorecimiento indebido o comprometer la neutralidad científica.
2. Deberes de los evaluadores
Los evaluadores deben actuar con rigor, objetividad, imparcialidad y confidencialidad, debiendo abstenerse de participar en la evaluación cuando exista cualquier situación que configure un conflicto de intereses capaz de comprometer su juicio.
Los evaluadores deben:
-
rechazar invitaciones de evaluación cuando exista conflicto de intereses;
-
informar inmediatamente a la editoría sobre cualquier vínculo que pueda comprometer la independencia del dictamen;
-
mantener la confidencialidad de los manuscritos, datos e informaciones obtenidas durante el proceso de evaluación;
-
abstenerse de utilizar el contenido evaluado en beneficio propio o de terceros;
-
comunicar a la editoría cualquier indicio de mala conducta científica identificado durante el proceso de evaluación.
3. Deberes de los editores
Los editores deben asegurar que las decisiones editoriales se adopten con independencia, objetividad e imparcialidad.
Corresponde a los editores:
-
verificar que los autores hayan presentado la declaración de conflicto de intereses en el momento de la presentación del manuscrito;
-
evaluar si los conflictos declarados requieren aclaraciones adicionales o medidas editoriales;
-
evitar la designación de evaluadores que mantengan vínculos relevantes con los autores;
-
transferir la conducción editorial a otro editor cuando exista impedimento, sospecha o posibilidad de sesgo;
-
adoptar medidas proporcionales en casos de omisión o declaración inadecuada de conflicto de intereses.
4. Ejemplos de conflicto de intereses
Pueden constituir conflicto de intereses, entre otros:
-
relación personal, familiar o afectiva entre autor, evaluador o editor;
-
parentesco hasta el tercer grado;
-
vínculo institucional relevante entre evaluador y autor;
-
coautoría reciente o colaboración directa en investigación;
-
relación previa de orientación o supervisión académica;
-
consultoría, financiación o remuneración vinculada al tema del manuscrito;
-
interés económico directo o indirecto en el resultado de la publicación;
-
participación en organizaciones potencialmente beneficiadas por el contenido del artículo;
-
rivalidad académica o disputa profesional que pueda comprometer la imparcialidad.
5. Forma de declaración
La Pensar adopta la siguiente regla:
Conflicto de intereses: debe informarse, en el momento de la presentación del manuscrito, si existe algún conflicto de naturaleza personal, académica, institucional o financiera que pueda influir en el contenido del artículo, o declararse expresamente la inexistencia de dicho conflicto.
Cuando exista conflicto, el autor deberá describirlo de forma objetiva y clara, indicando su naturaleza y su relación con el manuscrito. La editoría podrá solicitar información adicional antes de decidir sobre la continuidad del proceso editorial.
Ejemplos de declaración
Declaración positiva
“El/los autor(es) declara(n) la existencia de un conflicto de intereses de la siguiente naturaleza: [describir], el cual fue comunicado a la revista en el momento de la presentación del manuscrito.”
Declaración negativa
“El/los autor(es) declara(n) no tener conflictos de intereses de naturaleza personal, académica, institucional o financiera relacionados con el presente manuscrito.”
6. Omisión o declaración inadecuada
La omisión de un conflicto relevante, la presentación de información incompleta o una declaración falsa podrán dar lugar a solicitud de aclaraciones, suspensión del proceso editorial, rechazo de la presentación, corrección posterior a la publicación, retracción o comunicación a la institución de afiliación de los autores, según la gravedad del caso.
7. Documentos y directrices de referencia
Portaria CNPq nº 2.664, de 6 de marzo de 2026
http://memoria2.cnpq.br/web/guest/view/-/journal_content/56_INSTANCE_0oED/10157/23142775?COMPANY_ID=10132
Política de Integridad Científica de la Universidade de Fortaleza
https://unifor.br/documents/d/pesquisa-inovacao/politica-integridade-cientifica
COPE – Committee on Publication Ethics
https://publicationethics.org/guidance/discussion-document/handling-conflicts-interest
COPE – Ethical Guidelines for Peer Reviewers
https://publicationethics.org/guidance/guideline/ethical-guidelines-peer-reviewers









