Código de Ética
Código de Ética
Última actualización: 05/05/2026
La revista Pensar – Revista de Ciências Jurídicas adopta normas éticas estrictas en su proceso editorial, fundadas en las buenas prácticas nacionales e internacionales aplicables a la publicación científica. La revista actúa conforme a los principios de integridad científica, imparcialidad, confidencialidad, transparencia, responsabilidad editorial y respeto de los derechos de autor. El presente Código observa las Core Practices del Committee on Publication Ethics (COPE), las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE) y la Política de Integridad Científica de la Universidad de Fortaleza (UNIFOR).
1. Autoría y contribución
La autoría debe reflejar una contribución intelectual sustancial. Todos los autores deberán cumplir, de forma acumulativa:
- a) haber realizado contribuciones sustanciales a la concepción o el diseño de la obra, o a la adquisición, análisis o interpretación de los datos;
- b) haber participado en la redacción del trabajo o en su revisión crítica con contenido intelectual relevante;
- c) haber aprobado la versión final que se publicará;
- d) responder por todos los aspectos del trabajo, garantizando que las cuestiones de exactitud o integridad sean adecuadamente investigadas y resueltas.
Las personas que hayan contribuido de otras formas (apoyo técnico, financiero o supervisión general) deben constar en agradecimientos, no como autores. La inclusión indebida (autoría fantasma, honorífica, regalo o cortesía) constituye mala conducta.
2. Uso de Inteligencia Artificial
La autoría es exclusivamente humana. Las herramientas de Inteligencia Artificial generativa no podrán figurar en ningún caso como autoras o coautoras. Cuando se utilicen como apoyo (traducción, revisión lingüística, organización textual), su uso debe declararse de forma explícita por los autores en la Introducción del manuscrito. Véase la política específica en Uso de Inteligencia Artificial.
3. Aprobación ética en investigación con seres humanos y animales
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Toda investigación publicada en Pensar que involucre seres humanos o animales debe haber sido conducida conforme a los principios éticos aplicables y, cuando exigible, con aprobación previa de un comité de ética en investigación independiente (institucional, local, regional o nacional).
Los manuscritos que reporten investigaciones con seres humanos deberán incluir, en la sección de Métodos:
- a) declaración explícita de que el estudio fue aprobado por un comité de ética en investigación, con indicación del nombre del comité y del número/identificador del dictamen (CAAE en Brasil, o equivalente);
- b) fecha de la aprobación;
- c) declaración de que el estudio observó la Declaración de Helsinki y, en Brasil, las resoluciones del Consejo Nacional de Salud (en particular CNS 466/2012 y CNS 510/2016, esta última aplicable a las ciencias sociales y humanas);
- d) en caso de que la investigación esté exenta de evaluación ética, declaración específica que indique el motivo y la norma aplicable.
Los manuscritos que reporten investigaciones con animales deberán incluir:
- a) declaración de que el estudio fue aprobado por una Comisión de Ética en el Uso de Animales (CEUA) institucional o equivalente, con indicación del nombre y del número del dictamen;
- b) declaración de que el estudio observó las directrices ARRIVE (Animal Research: Reporting of In Vivo Experiments) y la legislación aplicable (en Brasil, Ley 11.794/2008 y resoluciones del CONCEA).
Para las investigaciones desarrolladas en el ámbito de la Universidad de Fortaleza, la aprobación ética corresponde al Comité de Ética en Investigación — Coética-UNIFOR. La revista podrá solicitar, en cualquier momento, copia del dictamen de aprobación ética como condición para la publicación.
4. Anonimización, confidencialidad y consentimiento informado
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Los manuscritos que contengan información personal o datos que permitan identificar a personas exigen cautelas específicas de anonimización, confidencialidad y consentimiento informado, conforme a la Ley General Brasileña de Protección de Datos Personales (Ley 13.709/2018 — LGPD), a la legislación internacional aplicable y a las mejores prácticas editoriales.
4.1. Consentimiento informado para participar en el estudio
En estudios empíricos con seres humanos (entrevistas, cuestionarios, grupos focales, análisis de historiales, observación participante y similares), el consentimiento libre e informado de las personas participantes debe obtenerse antes de la recolección de datos, mediante Formulario de Consentimiento Informado (TCLE) que describa: objetivos de la investigación, procedimientos, riesgos y beneficios, garantías de confidencialidad, derecho a retirarse en cualquier momento y datos de contacto del investigador responsable y del comité de ética. Cuando el consentimiento se obtenga oralmente y no por escrito, el manuscrito deberá explicar el motivo y describir el procedimiento utilizado.
4.2. Consentimiento para la publicación de datos personales, imágenes, audio y video
Cuando el manuscrito incluya datos personales, imágenes, audio o video de personas identificables (estudios de caso, fotografías, grabaciones de audiencias, testimonios, entre otros), los autores deberán obtener consentimiento expreso y específico de las personas implicadas para la publicación, y no solo para la participación en el estudio. Tal consentimiento deberá constar en documento escrito, del cual el manuscrito deberá traer declaración explícita.
La revista podrá exigir copia de los formularios de consentimiento como condición para la publicación. La ausencia de tal consentimiento, cuando exigido, conllevará el rechazo del manuscrito o, si ya estuviera publicado, su retractación.
4.3. Anonimización y confidencialidad
Siempre que sea posible y compatible con los objetivos del estudio, los autores deberán optar por la anonimización de los datos, suprimiendo nombre y apellidos, documentos, direcciones, profesión exacta, lugar de trabajo, fotografías con rostro identificable, audios sin distorsionar y cualquier otro elemento que, aislado o en conjunto, permita identificar a la persona.
Para las investigaciones jurídicas que involucren causas judiciales, expedientes administrativos o jurisprudencia relativa a partes identificables, deberán observarse:
- a) la anonimización de las partes es la regla (especialmente en casos relativos a niños, adolescentes, víctimas de delitos contra la dignidad sexual, personas en situación de vulnerabilidad o procesos bajo secreto judicial);
- b) el uso de datos públicos de procesos sin secreto judicial es admisible cuando se justifique por la relevancia científica del estudio, observada la LGPD y la resolución del Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aplicable;
- c) el tratamiento de datos sensibles (origen racial o étnico, convicción religiosa, opinión política, datos de salud, datos de personas vulnerables) exige fundamentación reforzada y, como regla, anonimización, aun tratándose de un proceso público.
4.4. Declaraciones obligatorias en el manuscrito
Cada manuscrito que involucre personas identificables o datos personales deberá contener, en la sección de Métodos o en declaración específica:
- a) afirmación de que se obtuvo consentimiento libre e informado para la participación;
- b) afirmación de que se obtuvo consentimiento específico para la publicación de datos personales, imágenes, audio o video, cuando aplicable;
- c) descripción de los procedimientos de anonimización adoptados, cuando no se haya obtenido consentimiento expreso para la identificación;
- d) referencia al dictamen de aprobación ética, cuando exigido.
5. Conflictos de intereses
Autores, evaluadores, editores y personal editorial deben declarar todos los conflictos de intereses, actuales y potenciales, conforme se detalla en la Política de Conflicto de Intereses.
6. Publicidad e independencia financiera
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Pensar – Revista de Ciências Jurídicas NO acepta publicidad comercial en sus páginas, en el portal de revistas que la aloja, en sus artículos, en sus comunicaciones por correo electrónico, en sus redes sociales ni en cualquier otro canal institucional de la revista.
La revista se sostiene exclusivamente mediante apoyo institucional de la Universidad de Fortaleza (UNIFOR), entidad mantenida por la Fundación Edson Queiroz, a través del Consejo Superior de Edición (Conselho Superior de Editoração — CSE/UNIFOR) y de la Vicerrectoría de Investigación. Pensar no cobra tasas de envío, procesamiento (APC) o publicación a los autores y no recibe ingresos comerciales, patrocinio privado, donaciones condicionadas ni ninguna contraprestación vinculada a intereses editoriales.
Como consecuencia de esta política, y en consonancia con los principios de transparencia e independencia editorial promovidos por el COPE:
- a) no existe, ni puede existir, relación comercial alguna entre anunciantes y la toma de decisiones editoriales;
- b) no hay espacio publicitario negociable en el sitio de la revista, en el portal de revistas de UNIFOR ni en los PDF/HTML de los artículos publicados;
- c) las eventuales menciones a alianzas institucionales académicas (sociedades científicas, programas de posgrado, instituciones aliadas) no constituyen publicidad comercial y se presentan en secciones claramente identificadas, sin interferencia alguna en el proceso editorial.
Si en el futuro la revista reconsiderara esta política, cualquier cambio será precedido por la publicación de una política específica de publicidad en la propia página de la revista, conforme a las orientaciones del COPE — en particular la separación clara entre contenido editorial y publicidad, la prohibición de relación entre anunciantes y decisiones editoriales y la aprobación previa de los formatos por el Editor Jefe y el Consejo Superior de Edición.
7. Plagio e integridad textual
Todos los manuscritos pasan por verificación de similitud. El plagio, autoplagio, fabricación o falsificación de datos y la manipulación de imágenes o citas están prohibidos y se tratan conforme a los flujogramas del COPE. Véase el detalle en Verificación de Similitud.
8. Correcciones, expresiones de preocupación y retractaciones
Errores relevantes en artículos publicados son objeto de errata, expresión de preocupación o retractación, según la gravedad, conforme la Política de Retractación, Corrección y Errata.
9. Responsabilidades de los editores
Los editores se comprometen a: (i) decidir sobre la publicación con base en el mérito académico y la adecuación al alcance de la revista, sin discriminación alguna; (ii) preservar la confidencialidad de los manuscritos sometidos y de la identidad de los evaluadores; (iii) abstenerse de actuar en casos de conflicto de intereses; (iv) tratar con seriedad las alegaciones de mala conducta editorial o científica; (v) garantizar el debido proceso en apelaciones y reclamaciones, según las políticas específicas de la revista.
10. Responsabilidades de los evaluadores
Los evaluadores se comprometen a: (i) emitir dictámenes objetivos, fundados y respetuosos; (ii) preservar la confidencialidad del manuscrito recibido, sin compartir su contenido con terceros ni utilizarlo para fines propios; (iii) declarar conflictos de intereses y abstenerse de evaluar cuando proceda; (iv) señalar al equipo editorial cualquier sospecha de mala conducta identificada durante la lectura.
11. Tratamiento de la mala conducta
Las sospechas de mala conducta se tratan conforme a los flujogramas del COPE. Las denuncias podrán remitirse a revistapensar@unifor.br. Procedimientos detallados en las páginas de Ética de publicación, Apelaciones y Reclamaciones.
Documentos y referencias relacionados
- Ética de publicación
- Política de Conflicto de Intereses
- Política de Retractación, Corrección y Errata
- Política de Verificación de Similitud
- Política de Apelaciones
- Política de Reclamaciones
- Uso de Inteligencia Artificial
- Coética-UNIFOR
- COPE Core Practices
- Flujogramas COPE
- Recomendaciones ICMJE
Contacto
Editor Jefe: Sidney Soares Filho
Correo electrónico: revistapensar@unifor.br









