Autonomía privada existencial y capacidad de hecho para personas con discapacidad mental o intelectual
DOI:
https://doi.org/10.5020/2317-2150.2021.11428Palavras-chave:
Autonomía privada, Idoneidad, Personas con discapacidad, Teoría de las capacidades civiles, Derechos existenciales.Resumo
El objetivo es, utilizando el método formal de interpretación, considerar la verdadera aspiración del derecho a ser una práctica normativa inmanentemente inteligible, cuestionar si la revisión de la Teoría de las Capacidades Civiles expresa una idea justificante única y coherente cuando se ve desde capacidad de hecho y la autonomía privada existencial de las personas con discapacidad mental o intelectual, basada en la CDPD y el EPD. Se investigan tres hipótesis: a) si existe una base independiente para la autonomía privada que rompe con la discapacidad real, sin promover la ruptura de la unidad justificadora de los institutos; b) si existe un concepto de autonomía que no depende de ese concepto dada la autonomía privada, lo que indica el uso de un concepto externo al derecho; o c) si hay una distorsión de la realidad objetiva de las personas con discapacidad por la imposición de un criterio formal e indeseable de igualdad que rompe, incoherentemente, con la continuidad entre la capacidad de hecho y la autonomía privada. Al final, se confirma la última hipótesis, ya que las personas con discapacidades mentales o intelectuales fueron tratadas como igualmente autónomas para la práctica de actos jurídicos y negocios jurídicos existenciales, a pesar del eventual reconocimiento de su impedimento para expresar una voluntad discernida y consciente.Downloads
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Publicado
2021-07-30
Edição
Seção
Artigos