El procedimiento de modificación de la capacidad en España diez años después de la entrada en vigor de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad
DOI:
https://doi.org/10.5020/2317-2150.2018.7596Palavras-chave:
Discapacidad. Naciones Unidas. Procedimientos en materia de capacidad de las personas. Medidas de apoyo y asistencia. Curatela.Resumo
Diez años después de la entrada en vigor de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España, podemos afirmar dos ideas fundamentales respecto a la adaptación de su artículo 12 a nuestro Ordenamiento: 1º.- El procedimiento de incapacitación sigue estando formado por las mismas figuras antes y después de la Convención. 2º.- El orden de preferencia de las figuras de protección cambió radicalmente, ya que tras la entrada en vigor de la Convención la curatela, casi inexistente hasta entonces, ha pasado a ser la figura preferente y la tutela, que antes de la Convención era la figura principal del procedimiento de incapacitación, se ha convertido en una institución totalmente residual.Downloads
Não há dados estatísticos.
Downloads
Publicado
2018-06-25
Edição
Seção
Artigos