Hijos que no quieren saber nada de sus padres, ¿una nueva causa de desheredación?

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DOI:

https://doi.org/10.5020/2317-2150.2021.13245

Resumo

Las modernas estructuras familiares propician situaciones de pérdida de contacto o de mala relación entre padres e hijos. La actitud de los hijos, unas veces pasiva y otras violenta, es reprobada por los padres para quienes no es suficiente con que estas conductas tengan consecuencias desde el punto de vista de la moral o la ética, sino que buscan en el ordenamiento jurídico, y más concretamente en el derecho de familia y sucesiones, instrumentos legales con los que hacer frente a estas actitudes de los hijos que consideran inapropiadas y les provocan sufrimiento. Nuestro Código civil no está adaptado a la realidad social del momento, de ahí que estas actitudes de los hijos no siempre tienen encaje normativo en las causas que el ordenamiento prevé para poder extinguir los alimentos, desheredar o revocar las donaciones recibidas por estos. Mientras la reforma normativa se produce, ha sido la jurisprudencia del Tribunal Supremo la que ha adaptado la legislación a la realidad social, al calificar el maltrato psicológico como causa de desheredación, al permitir la revocación de donaciones por ingratitud debido al maltrato del donatario hacia el donante y al confirmar que es posible  extinguir la pensión de alimentos cuando la falta de relación entre padres e hijos mayores de edad sea imputable, de modo principal y relevante, a los hijos. Ya solo queda el último paso, cual es, considerar que la ausencia de relación imputable exclusivamente a los hijos pueda privarles de la legítima.

 

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Biografia do Autor

Begoña Ribera Blanes, La Universidad de Alicante

Doctora la Universidad de Alicante e Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Alicante. España. E-mail: bribera@ua.es

Publicado

2021-11-26

Edição

Seção

Artigos